DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de divorcio incoada por la ciudadana Naileth María Rodríguez Torres, ya identificada, contra el ciudadano José Ricardo Ortiz, ya identificado, en consecuencia, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha veintisiete (27) de mayo de 2009, ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 72 del libro de registro de matrimonios del año 2009 llevados por ese despacho.