DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, LA CONFESIÓN FICTA, en el Asunto acumulado Nro. KP02-S-2006-025639, y NULA LA OFERTA Y EL DEPÓSITO, con respecto a la Oferta Real de Pago, correspondiente a los cánones de arrendamiento de los meses de Noviembre y Diciembre del 2006, por no llenar los extremos del artículo 1307 del Código Civil.- SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente OFERTA REAL DE PAGO, cuya parte oferente es la EMPRESA MULTISERVICE CENTER DE VENEZUELA, C.A., inscrita por ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 03-05-2000, bajo el N° 60, Tomo 15-A, representada por su Vice-presidente, ciudadana: NORKA SUÁREZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4......