DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: SOBRESEE LA CAUSA al ciudadano JAVIER ASDRUBAL ZAMBRANO PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V11.598.978, por la comisión del delito de RECEPTACION, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal vigente para la comisión del hecho, en virtud de encontrarse Prescrito, conforme a lo establecido en el artículo 110 del Código penal y 48 numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CONDENA al acusado JAVIER ASDRUBAL ZAMBRANO PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V11.598.978, a cumplir una pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley previstas en el articulo 16 del Código Penal, con excepción a la del numeral 2 del Código Penal, por haberse.....