Ahora bien revisada como ha sido tanto la ley adjetiva como la sustantiva, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA POR NO AJUSTARSE A DECRECHO. ---------
Regístrese y publíquese. ----------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los veintiocho días del mes de ABRIL de 2014. Años: 204º y 155º. ---------------------------------------