Por todas las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del recurso de apelación ejercido. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ROBER ESTIVENSON REYES CORDERO, titular de la Cédula de Identidad No. 13.196.564, en contra del auto de admisión a prueba de fecha de 09 de marzo de 2015, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. TERCERO: SE REVOCA auto de admisión de pruebas de fecha de 09 de marzo de 2015. CUARTO: SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario, se pronuncie, sobre la admisión de las pruebas promovidas por el apelante. QUINTO: SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES de la presente sentencia por cuanto es dictada fuera del lapso establecido en el artículo 173 de la Ley de Tier.....