Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara SIN LUGAR, la Colocación Familiar, planteada por la ciudadana ELSY PASTORA MORILLO en contra de los ciudadanos ALEJANDRO JOSÉ CARUCI MORILLO y YANNY YACKELINE GARCÍA ya identificados y en beneficio del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) . En consecuencia se mantienen todos los atributos de la responsabilidad de crianza de los precitados padres.