este JUZGADO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, por motivo de DESALOJO POR FALTA DE PAGO GALPÓN), solicitada por la ciudadana DULCE MILAGRO CASTELLANOS, asistida por los abogados NANCY RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ y BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ, todos arriba identificados. En consecuencia una vez que quede firme el presente auto, se ordena su remisión del presente expediente en original a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos (U.R.D.D., Civil) a los fines de distribuirlo en alguno de los Tribunal es de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, al que corresponda el turno, a fin de que conozca sobre la admisibilidad de la presente demanda. Remítase con oficio.