Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; pasa a decidir los sig: Primero: Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un (1) año al ciudadano EUCLIDES ANTONIO TOVAR, por el delito de Violencia Fisíca y Psicologica, previsto y sancionado en los art. 16 y 20 de la Ley contra la violencia de la Mujer y la Familia , así mismo se le impone el cumplimiento de las condiciones previstas en el art. 44 del C.O.P.P, la del ordinal 1° : Residir en un lugar determinado, la del ordinal 3°: Abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas, las del ordinal 9°: Adstenerse de portar arma de fuego; SEGUNDO: Se acuerda designar delegado de prueba quien se encargara de vigilar el cumplimiento de las obligaciones impuesta, TERCERO: Librese oficio correspondiente a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario . Públiquese , regístrese y remítanse el asunto a.....