, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 75 primer aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 26, 399 y 400 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara CON LUGAR, la Colocación Familiar, planteada por la ciudadana MARYSOL RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.336.294, en beneficio de los niños (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES),