Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el demandante, debido a lo expuesto en la motiva del presente fallo; se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte recurrente por percibir menos de tres salarios mínimos.