DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación intentada por la representación de la parte actora, en contra de la sentencia de fecha 31 de enero de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara que declaró INADMISIBLE la demanda Cobro de Bolívares Vía Intimatoria interpuesta por los abogados Lorena Blatch y Nelson Ledezma, actuando en su condición de apoderados Judiciales de la ciudadana Marlys Criskar González Corona, contra el ciudadano Miguel Ángel Quinto, en su nombre propio y en representación de la sociedad mercantil "AQUÍ ES MIGUEL, C.A.".
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser.....