Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abg. Leonardo Medina, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Manuel Escobar, contra la decisión dictada en fecha 25 de Marzo de 2010 y fundamentada en fecha 04 de Abril de 2010, por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 6, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual Condenó al ciudadano MANUEL ENRIQUE ESCOBAR SOTO, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISION más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES EN GRADO DE DETERMINADOR y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, tipos penales previstos en.....