En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por las ciudadanas YINETT PARADA y LAURA ESCALONA, venezolanas, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.576.858 y 11.075.701 respectivamente, contra la sociedad mercantil SUPERFARMA, C.A., condenándose al empleador a pagar los conceptos determinados en la parte motiva de ésta decisión, los cuales serán sometidos a experticia complementaria del fallo a objeto de determinar las cantidades por concepto de indexación e intereses de mora. Así se decide.
SEGUNDO: Se declara improcedente la responsabilidad Solidaria del ciudadano ARNAY ANTEQUERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº.....