D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada Catalina Useche, en su carácter de apoderada Judicial de la Sucesión MARTIN RAMON BONILLA contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 12 de agosto del 2003,mediante la cual declaró TERMINADA LA INCIDENCIA por imposibilidad de demostrar los hechos en los que se fundamenta; en virtud de no haber promovido la parte tachante del instrumento, medio probativo alguno, en el juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE RESTITUCIÓN POR DESPOJO intentado por MARTIN RAMON BONILLA contra SERGIO DAVID BARRERA. En consecuencia se CONFIRMA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimi.....