D E C I S I ÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede constitucional administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la apelación formulada por los abogados JOSÉ NAYID ABRAHÁM Y MIGUEL ANZOLA CRESPO, Apoderados Judiciales de los terceros interesados contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 08/12/2013. En consecuencia, se declara SIN LUGAR el AMPARO CONSITITUCIONAL interpuesto por sociedad mercantil TRAVESURAS CIEN PIES C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 14-08-2013, que declaró CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por sociedad mercantil PROMOCIONES EL TURBIO PROTURCA C.A., en contra de la sociedad mercantil TRAVESURAS CIEN PIES C.A.
Queda .....