Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión, intentada por la ciudadana: FLAMBIER RODRÍGUEZ, contra el ciudadano JOSÉ VICENTE SANCHEZ LUCKERT, por Cobro de LETRA DE CAMBIO (Vía Intimación).-----------------
La Juez,
ABOG. LUZ MARÍA VILLARROEL.
El Secretario Accidental,
ABOG. CRUZ MARIO VALERA
Se registró y publicó siendo la 1:50 A.M.
El Sec.