En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre el ciudadano SISOES JOSE PALENCIA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.847.279, debidamente representado por su apoderado judicial abogado WILMER AMARO, inscrito en el Inpreabogados bajo el Nro. 136.002; y por las sociedades mercantiles CARNICERÍA, CHARCUTERÍA, FRUTERÍA Y LACTEOS LOS PINOS; y LOS PINOS EN QUESOS DE TODOS C.A., representadas por las abogadas ANAIS BETANCOURT y ANA MARIN, inscritas en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nros. 138.776 y 136.122.