Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley y el Derecho, declara:PRIMERO: Se plantea Conflicto Negativo de Competencia respecto de la decisión emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Lara de fecha 16 de julio de 2010.SEGUNDO: En virtud de tratarse de una acción de Amparo, y que no se encuentra ningún acto pendiente de ejecutar en la presente causa se ordena remitir el presente asunto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.TERCERO: No hay condenatoria en Costas, dada la naturaleza del presente fallo.