Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Admite en su totalidad la Acusación presentada por el Fiscal Undécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en contra del acusado Gregorio Hernán Colmenares, titular de la cédula de identidad Nº 7.463.948, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas.
SEGUNDO: Admite en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser lícitas, necesarias y pertinentes.
TERCERO: Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusado Gregorio Hernán Colmena.....