éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión de fecha 22 de noviembre de 2013 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la misma decisión de fecha 22 de noviembre de 2013.
TERCERO: Se MODIFICA, la decisión recurrida.
CUARTO: CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia, la demandada deberá conceder a los accionantes el beneficio de jubilación en los términos señalados en la parte motiva de la presente decisión.
QUINTO: Se condena a la demandada a las costas del proceso de conformidad con lo previsto en los artículos 59 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por resultar totalmente .....