DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nro. 2 del Circuito de Violencia Contra la Mujer del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDA, interpuesta por el ABG NELSON DAVID MUJICA, en su condición de Defensor Privado, en representación del ciudadano HECTOR JOSE QUINTERO AMBROSINO, titular de la cedula de identidad N° V- 19.886.218, Y EN CONSECUENCIA SE DEJA SIN EFECTO EL REGIMEN DE PRESENTACIONES, QUEDANDO EL ACUSADO DE AUTOS A ORDEN DE ESTE DESPACHO JUDICIAL CADA VEZ QUE ESTE SEA REQUERIDO POR EL MISMO, a partir de la fecha de notificación efectiva de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los Treinta (30) días del mes de Septiembre del 2016.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las partes.
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