Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana YELITZA JOSEFINA AGUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.863.142, para que en nombre y representación de la adolescente (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 de la LOPNNA), gestione y tramite la cuota parte que le corresponde a la referida adolescente, ante la empresa PDV GAS COMUNAL de las prestaciones sociales, caja de ahorro y demás beneficios laborales, así como también cobrar ante el Seguro Social la Pensión de Sobreviviente, es decir, ante cualquier organismo público y privado que le pudiera corresponder a la adolescente.