Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO CON LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha 10 de septiembre de 2004, por la abogada actora Mary Millano Zambrano, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 06 de septiembre de 2004, en el juicio de REIVINDICACIÓN, interpuesto por las ciudadanas LUZ GARDENIA APONTE GUERRA Y DAVELIS HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, contra JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ, ya identificados ut supra. Queda así REVOCADO el auto dictado en fecha 06 de septiembre de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas, por haber declarado con lugar el recurso de apelación.Notifíquese a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.