Este Tribunal de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara prescrita la pena impuesta al ciudadano OSCAR ANTONIO GONZÁLEZ PERDOMO, en los autos identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código Penal, en su primer ordinal. Asimismo se acuerda dejar sin efecto la solicitud de captura a nivel nacional del precitado penado. LIBRESE OFICIO. Por último, se acuerda la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial Regional terminando la causa por el Sistema Iuris 2000, todo en su oportunidad legal.-.