este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Sentencias del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
Primero: Con lugar el DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los cónyuges YEY JOHAN AMARO RIVERO y MARIELYS YISEL PIÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.759.663 y V-14.292.778, respectivamente; ambos de este domicilio, matrimonio contraído por ante al Registro Civil de la Parroquia Unión del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 02 de octubre de 2003, bajo el No. 186, del libro de matrimonios llevado por esa autoridad durante el año 2003.
Segundo: De conformidad con lo establecido en el parágrafo primero del artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y.....