PRIMERO: Se sanciona a la abogada MARIA EUGENIA RAMOS SALAZAR, en los términos del Artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, debiendo pagar multa equivalente a veinte unidades tributarias (20 UT).-
SEGUNDO: se ordena remitir copias de este asunto al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados, para iniciar por separado procedimientos a la mencionada profesional del Derecho.
TERCERO: Se ordena Notificar a la profesional del derecho MARIA EUGENIA RAMOS SALAZAR, de la presente decisión a los fines del cumplimiento de lo ordenado, así mismo deberá consignar ante la URDD la planilla sellada y cancelada por la entidad bancaria receptora, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-