DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por los Abg. Carlos J. Sivira G. y Abg. Manuel R. Mendoza B. I.P.S.A Nros. 245.337 y 90.106 en su carácter de Defensores Privados de los ciudadanos YHOVANNY JOSÉ MEDINA RAMÍREZ, LUÍS ENRIQUE HEREDIA PEÑA y ARGELIS ALFONSO DURAN CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.165.866, V-24.156.986 y V-23.807.113, contra la decisión dictada en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 25/01/2017 y fundamentada en fecha 30/01/2017, por el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 09 de este Circuito Judicial Penal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los (31) días del Mes de Marzo de 2017. Años 206º de la Independencia y 157º de la F.....