Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecucion del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION ESTABLE DE HECHO intentado por ciudadano (a) PASTORA MARIA FRANCO y en consecuencia extinguida la instancia, pudiendo la solicitante intentar la solicitud nuevamente pasados 30 días siguientes a la decisión.