DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de
Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha, 17 de Septiembre de 2007, entre los ciudadanos SALAS QUINTERO ALEXANDER DE JESUS y MATHEUS CABRERA MILEIDI ROSANA por ante Fiscalia VIII del Ministerio Público del Estado Trujillo, el padre acordó en aportarle la suma, CIENTO TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 130.000,oo), MENSUAL, que entregara contra recibo a la madre de su hijo, asimismo los gastos de medicina, vestido, educación y demás gastos que puedan surgir serán compartidos por ambos padres el padre se comprometió en darle igual cantidad adicional en el mes septiembre y diciembre, condiciones estas aceptadas por la madre, la ciudadana: MATHEUS CABRERA MILEIDI ROSANA, venezolan.....