CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la Oferta Real de Pago formulada por la ciudadana ROSA MARÍA BARAZARTE DE CALDERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.010.569, domiciliada en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, quien se encuentra representada por su apoderado Apud-Acta abogado en ejercicio FRANCISCO ESPINOZA PÉREZ, venezolano, mayor de edad e inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 10.890, a favor de la ciudadana MARÍA CLODOMIRA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.001.188, domiciliada en la Urbanización Miranda (Plata II) Grupo 3, Apartamento 9, Tercer Piso de la Ciudad y Municipio Val.....