En Audiencia Preliminar Anticipada solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal; comparece la parte Actora, el ciudadano: EYISTO DE JESUS GARCIA FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.677.618,asistido por el Abogado LUIS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 44.624, y por la demandada comparece la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN TELEMIC C.A (INTER), representada legalmente por el ciudadano: JUAN JOSE LICATA, titular de la cedula de identidad N° E-82.229.587, quienes se dan por notificados y renuncian al termino de la distancia, por intermedio de sus Apoderados Judiciales Abogados MARIA GRABIELA MUCHACHO, RAUL ARTURO GIMENEZ CARRERO inscritos en el I.P.S.A bajo los N° 63.230, 84.426, respectivamente, las partes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 40.000,00, la parte actora conviene y acepta el Tribunal Homologa el acuerdo.