Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la causa iniciada con motivo de la denuncia interpuesta en la investigación N° D21-5493-2005, por la Víctima: MARIA ADELlNA LlNARES HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad NQ V- 18.096.923, residenciada en: Sector Carambu 1, casa S/n, entrando por la Escuela, Parroquia Tres de Febrero del Estado Trujillo, contra del ciudadano ARGENIS RAMON MORTENO UZCATEGUI, titular de la cedula de identidad NQ V- 13.765.171, residenciado en: Sector Carambu 1, casa S/n, entrando por laa Escuela, Parroquia Tres de Febrero del Estado Trujillo, de conformidad con el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
El Juez de Control (S) Nº 01
Secretaria
Abg. Soraida Castellan.....