III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la codemandada XIOMARA JOSEFINA RIVAS SALAS, contra la decisión dictada por el A quo en fecha 1° de Octubre de 2009, en el presente juicio que, por reivindicación, propuso en su contra.
Se declara CON LUGAR la presente demanda propuesta por el ciudadano JOSÉ DARIO HIDROBO OSECHAS, contra los ciudadanos FREDDY DE JESÚS USECHE y XIOMARA JOSEFINA RIVAS SALAS, todos ya identificados, por reivindicación de un inmueble consistente en una casa para habitación familiar y su terreno propio, donde se encuentra construida, ubicada en la calle 6 entre avenidas Bolívar y 9, casa N° 7-93, código catastral N° 01-05-02-02, de la parroquia Mercedes Díaz.....