PRIMERO: Se admite la acusación interpuesta y pruebas ofrecidas por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en contra del ciudadano LUIS ALFONSO ALTUVE RIVAS, venezolano, mayor de edad, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.314.137, nacido en Valera , Estado Trujillo el día 24 -05-1.962, hijo de Jesús Altuve y Josefa Rivas de Altuve, mecánico y residenciado en el Barrio Simón Bolívar, casa Nª 82, cerca de la Industria Carmania, Municipio Valera, Estado Trujillo por la comisión de delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código en agravio del ORDEN PUBLICO. SEGUNDO: Por cuanto el imputado ciudadano LUIS ALFONSO ALTUVE RIVAS, venezolano, mayor de edad, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.314.137, nacido en Valera , Estado Trujillo el día 24 -05-1.962, hijo de Jesús Altuve y Josefa Rivas de Altuve, mecánico y residenciado en el Barrio Simón Bolívar, casa Nª 82, cerca de la Industria C.....