en tal orden el tribunal procede de oficio a subsanar la respectiva omisión a través del presente auto complementario, única y exclusivamente en lo que corresponde a la totalidad de las personas que representa la referida abogada mas no a los efectos de la admisión, emplazamiento y termino de distancia correspondiente, los cuales corresponden en su exactitud, así como a la fecha de la boleta de citación, la cual refleja como fecha 17 de enero de 2017, siendo lo correcto la fecha 27 de octubre de 2017, oportunidad en la cual fue librada la referida boleta; señalándose en el auto de admisión que la abogada en ejercicio ELIZABETH QUINTERO MONTAÑA HEREDIA, antes identificada, actúa en nombre y representación de los ciudadanos PEREZ DE MORGADO BELKIS COROMOTO, IGUARO HILDA CLEOTILDE PEREZ IGUARO JOEL EMIRO, PEREZ IGUARO ALFREDO JOSE, PEREZ IGUARO JORGE LUIS, PEREZ IGUARO NEYRA YARUBY, PEREZ IGUARO YANIRE MARISELA, PEREZ IGUARO ISLEYBI ANHANI, todos venezolanos, mayor de edad, titulares de l.....