D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y especialmente por mandato de los Artículos 3, 13, 24, 27 y 45 (primera) de la disposiciones transitorias de la Ley para la Regularización de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Inadmisible la presente Demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el ciudadano: ILVIO RAMON BARRETO RAGA, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.263.585, domiciliado en Pampanito Segundo, Vivienda Rural, Calle La Florida, del Municipio Pampanito del Estado Trujillo, asistido por el Abogado NELSON MAUNUEL MOLINA GODOY, inscrit.....