DECRETA MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LAS FUENTES DE AGUA CONSISTENTE EN:
PRIMERO: Se prohíbe la realización de labores tendientes a intervenir la zona con fines agrícolas, tales como tala, quema, siembra de especies agrícolas, que conllevan a la reducción o desaparición de la zona protectora de las fuentes de agua, que sirven de captación de agua para acueductos de varias comunidades del Caserío La Chapa, municipio Pampanito del Estado Trujillo, en este sentido se ordena la paralización de la incipiente tala y siembra de musáceas y otros cultivos, con una superficie, según levantamiento topográfico del Instituto Nacional de tierras (INTI) de 32.2737 hectáreas aproximadamente, cuyos linderos son: Norte: Camino Real Trujillo La Chapa, Sur: Quebrada Matías, Este: Terrenos ocupados por la sucesión Juan Cruz y sucesión Maldonado, Oeste: Vía de penetración y terreno ocupado por Mónica Lovera..
SEGUNDO: Se ordena solicitar informe con levantamiento topográfico al Ministerio del Poder .....