Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de MORALES HACKETT FRANCISCO GILLERMO, venezolano, titular de la cedula de identidad NO V- 5.791.918, natural de Mérida Estado Mérida, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Docente, residenciado en la Calle Cruz verde, casa N° 1-28, frente al Banco BOD, agencia Trujillo, municipio y Estado Trujillo, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en agravio de MAGO MUÑOZ ROSA ANTONIA, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V¬8.649.613, natural de cumana Estado Sucre, de 40 años de e.....