Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano HECTOR MANUEL BARRETO GRATEROL, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 11.129.357, de 37 años de edad, obrero, estado civil divorciado, residenciado en el sector Jiménez, calle 4, Pampanito segundo, casa Nº 3, urbanización Alicia Pietri de Caldera, cerca de la bodega de la mano de Dios en el estado Trujillo, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 41 y 42 de la ley Orgánica Sobre los derechos de las mujeres a vivir a una vida libre de Violencia, en agravio de la ciudadana LEYDIN AURORA MONTILLA DE BARRETO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Primer Supuesto del nu.....