DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Décimo Tercero de Flagrancia del Ministerio Público, Abg. Manuel Tata, contra la decisión dictada en fecha 10 de Noviembre del 2015, por el Tribunal de Control 03 de este Circuito Judicial Penal, donde Acordó: "... PRIMERO: Conforme a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal se califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto al ciudadano YU ZHIXING. El tribunal mantiene el delito de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte en concordancia con el articulo 163 numeral 8 de la Ley Orgánica de Drogas y el tribunal se aparta del delito de LEGITIMACION DE CAPITALES previsto y sancionado en el articulo 35 de la ley organizada contra la delincuencia organizada y el financiamiento al terrorismo, por cuanto el tribunal no existe investigación previa que fundamente que es ilícito el comercio.....