D I S P O S I T I V A:
Por los argumentos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en la Sentencia Vinculante de la Sala Constitucional Nº 693 de fecha 02 de Junio de 2015, formulada por los ciudadanos: OSVALDO JOSÉ GODOY ALBARRÁN, Y CARMEN EMILIA BRICEÑO GOMEZ Venezolanos, mayores de edad, Casados, titulares de las cédulas de identidad números V-5.789.820 y V- 5.706.415, respectivamente, domiciliados el Primero en Urb. Ruiz Pineda, Calle Araguaney, casa S/N Parroquia y Municipio Bocono, la Segunda en Urbanización Don Tobías, calle 07, casa Nº 8-03, Parroquia Matriz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo. En tal sentido QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que.....