Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la causa iniciada por Investigación por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Valera, Estado Trujillo, en fecha 15-02-02, quienes retuvieron el vehículo particular, marca CHRYSLER, tipo Coupe, Modelo LE BARON, año 78, color azul, placas VCH-491, conducido por el ciudadano RAFAEL RAMÓN PÉREZ VELÁSQUEZ, por la comisión del delito de CAMBIO ILÍCITO DE PLACAS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, , en agravio de EL ESTADO VENEZOLANO, EN VIRTUD DE HABER OPERADO LA PRESCRIPCIÓN ORDINARIA, de conformidad con lo establecido en los artículos 318, ordinal 3º , 48 ord.....