Decisiones del dia 14/07/2006
N° Expediente :
2048-06
N° Sentencia :
Fecha: 14/07/2006
Procedimiento: Reconocimiento De Comunidad
Partes: DMTE. LUZ MARINA MATHEUS RIVAS. DMDO. GERARDO PARILLO LOGRIPPO
Resumen:
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la demandante contra la sentencia dictada por el A quo, en fecha 18 de Noviembre de 2005.
Se declara CON LUGAR la presente demanda.
Se declara que los ciudadanos LUZ MARINA MATHEUS RIVAS y GERARDO PARRILLO LOGRIPPO, ambos identificados, MANTUVIERON UNA UNIÓN ESTABLE DE NATURALEZA CONCUBINARIA entre Marzo de 1994 y Noviembre de 2000.
Se declara que durante la vigencia de tal unión concubinaria los ciudadanos LUZ MARINA MATHEUS RIVAS y GERARDO PARRILLO LOGRIPPO, ADQUIRIERON EN COMUNIDAD EL INMUEBLE consistente en un lote de terreno que mide aproximadamente veinticinco metros (25 mts.) por cuarenta metros (40 mts.) de fondo y la casa quinta sobre.....
Juez/Ponente:
Rafael Aguilar Hernandez
Organo:
Juzgado Superior Civil, Mercantil, Transito y Menores
N° Expediente :
04840
N° Sentencia :
Fecha: 14/07/2006
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: SOLICITANTES: WILMER RAMON GALLARDO AVENDAÑO Y CARMEN TEODORA MADRIZ HERNANDEZ, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. 5.498.487 Y 9.311.698.
Resumen:
PRIMERO: Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos: WILMER RAMON GALLARDO AVENDAÑO y CARMEN TEODORA MADRIZ HERNANDEZ, ya identificados, contrajeron en fecha veintidós (22) de Agosto de mil novecientos ochenta y siete (1987), por ante la Prefectura de la Parroquia Juan Ignacio Montilla del Municipio Valera, Estado Trujillo, según acta de matrimonio signada al N° 167.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 351, parágrafo primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la titularidad de la patria potestad será ejercida por ambos padres; en cuanto a la guarda de los hijos habidos en el vinculo matrimonial corresponderá a la madre ciudadana: CARMEN TEODORA MADRIZ HERNANDEZ, ya identificada, en el lugar donde fije su residencia; se establece de oficio en cuanto a la obligación alimentaria en que el padre ciudadano: WILMER RAMON GALLARDO AVENDAÑO, ya identificado, aportara la cantidad de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,oo) mensuales, más i.....
Juez/Ponente:
Alejandrina Rivas Ruiz
Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente