D E C I S I Ó N
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la apoderada judicial de la demandada, contra la decisión dictada por el A quo, en fecha 20 de octubre de 2017, mediante la cual confirmó el decreto de la medida cautelar de secuestro dictado en fecha 9 de agosto del mismo año.
Se REVOCA la medida cautelar de secuestro decretada por el A quo en decisión de fecha 9 de agosto de 2017.
Se condena en las costas de la incidencia a la parte demandante, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Remítase al Tribunal de la causa este expediente, en su oportunidad legal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despa.....