Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana YAJAIRA COROMOTO SEQUERA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, Licenciada en Talento Humanos, titular de la cédula de identidad N.V-8.715.304, domiciliada en el sector II casa 45-23, Parroquia Tres Esquinas del Estado Trujillo, asistida por el abogado en ejercicio: DOMINGO ANTONIO RONDON GRATEROL, inscrito en el I.S.P.A, bajo el N.43.999, domiciliado en la ciudad de Valera del Estado Trujillo, en la causa N° TP01-S-2011-001118 seguida al ciudadano WILMER ANTONIO RAMIREZ DURAN, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS, VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho .....