D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, Ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentara la ciudadana: CARMEN NORGENIA DE LA COROMOTO MONTILLA, contra el ciudadano: JOSE AGUSTIN OSORIO, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo la ciudadana: CARMEN NORGENIA DE LA COROMOTO MONTILLA, con el ciudadano JOSE AGUSTIN OSORIO, en fecha DIEZ (10) DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS (1.992, por ante la Prefectura de la Parroquia Campo Elías, municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE A LAS.....