DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 14/04/2009, entre los ciudadanos: ELSY JOSEFINA ARTIGAS TERAN y JOSE ALEJANDRO PAREDES URBINA, ya identificados, ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, donde el padre aportara la suma de la suma de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo), quincenales, para un monto mensual de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo), fuera de los gastos de accesorios, medicina, útiles escolares que corresponden por mitad entre los padres, condiciones estas aceptadas por la progenitora ciudadana ELSY JOSEFINA ARTIGAS TERAN, ya identificada.