III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las razones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los quejosos, ciudadanos Norelis Coromoto Araque Torres y Pedro Manuel Araque Torres, antes identificados, contra la decisión proferida por el A quo en fecha 9 de diciembre de 2016, en el presente juicio de amparo constitucional.
Se declara INADMISIBLE este recurso de amparo constitucional propuesto por los ciudadanos Norelis Coromoto Araque Torres y Pedro Manuel Araque Torres, ya identificados, contra sentencia de fecha 2 de agosto de 2016 proferida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripci.....