DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por la ciudadana Abogada LILIANA ANTONIETA RONDON CADENAS Fiscal Auxiliar Décimo del Ministerio Público del Estado Trujillo, contra la decisión, emitida por el Juzgado de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal en la que se sustituyo la medida de Detención por la medida cautelar consistente en la obligación del adolescente de someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal. SEGUNDO: Se REVOCA el auto recurrido. TERCERO: Se ordena librar la correspondiente orden de detención. CUARTO: Se acuerda publicar la presente decisión agregándola al expediente respectivo, anotarla en el Libro Diario llevado por este Tribunal; dejar copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Decisiones Interlocutorias, velar por que en la publicaciones que se hagan del presente fallo en la página Web, se omitan en su totalidad la identificación del adolescente procesado o cualquier dato que permi.....