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Decisiones del dia 19/09/2017

Formato:  Ficha  Lista

Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : TP11-L-2017-000144 N° Sentencia : Fecha: 19/09/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
BENITO QUINTERO VS. INMOBILIARIA NACIONAL S.A.
Resumen:
este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE EL PRESENTE LIBELO DE DEMANDA, por no haber consignado la parte demandante el libelo de demanda subsanado, conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; pudiendo la parte demandante interponer nuevamente el libelo de demanda al día hábil siguiente al de hoy, una vez corregido lo aquí indicado, e igualmente podrá la parte demandante apelar de la presente decisión. Dado, firmado y sellado, en el día de hoy a los 200 años de la independencia y 151 de la federación. Regístrese y Publíquese.
Juez/Ponente:
Meuris Quintale Basabe
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : TP11-L-2017-000138 N° Sentencia : Fecha: 19/09/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
LEONAR YNFANTE VS TIENDAS FLB C.A.
Resumen:
Este Tribunal, visto el acuerdo al cual han llegado las partes, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa el mismo y le da el carácter de cosa juzgada. En este acto, se devuelven las pruebas presentadas a ambas partes. Se ordenará el archivo definitivo del presente expediente, transcurridos como sean cinco (5) días hábiles desde la presente fecha, lapso éste que se otorga al demandante a los fines de que proceda al cobro del cheque. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 11:30 a.m., terminó, se leyó y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de Ley. A los 207 años de la Independencia y 158 años de la Federación. Regístrese y publíquese.
Juez/Ponente:
Meuris Quintale Basabe
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : TP11-L-2016-000181 N° Sentencia : Fecha: 19/09/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes:
PARTE ACTORA: EDIE ENRIQUE MORENO VS. PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO TRUJILLO.
Resumen:
Estando dentro del lapso legal para la publicacion del texto integro del fallo, de conformidad con la Ley Orgànica Procesal del Trabajo, este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada.
Juez/Ponente:
Aura Estela Villarreal
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : A-0531-2017, N° Sentencia : Fecha: 19/09/2017
Procedimiento:
Auto Ordenando Reponer La Causa
Partes:
PARTE DEMANDANTE: PABLO ENRIQUE LOZADA NIÑO, OMAIRA JOSEFINA LOZADA DE LA CRUZ, Y MAGALY DEL CARMEN LOZADA DE AGREDA; PARTE DEMANDADA:ALEJOS JOSE LOZADA NIÑO, JOSE DE JESUS LOZADA NIÑO, RAFAEL EMIGDIO LOZADA NIÑO, JOSE MATIAS LOZADA NIÑO Y FLOR MARIA LOZADA NIÑO,
Resumen:
Este sentenciador en aras de cumplir y hacer cumplir el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual garantiza el debido proceso; y en razón de ser el Juez el director del mismo tal como lo establece el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, a lo igual que la obligación que tiene el suscrito jurisdicente de garantizar el derecho a la defensa de cada una de las partes conforme lo indica el articulo 15 eiusdem, considera necesario en razón de las normas jurídicas y criterios jurisprudenciales antes citados, reponer la causa al estado en que se encontraba en fecha 01 de marzo de 2017, oportunidad legal correspondiente para pronunciarse acerca de la admisión o no de la reconvención propuesta en la contestación de la demanda; declarándose la nulidad del auto de fecha 01 de marzo de 2017, inserto al folio 45, así como la nulidad de la totalidad de actuaciones siguientes al referido auto. Así se decide. Ahora bien, repuesta la causa y decla.....
Juez/Ponente:
José Carlenin Araujo Briceño
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria
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